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Se amplía plazo de postulación para subsidios de Sitios de Patrimonio Mundial 2020

Emergencia Covid-19

Se amplía plazo de postulación para subsidios de Sitios de Patrimonio Mundial 2020

Publicado el 03/04/2020
Debido a la emergencia sanitaria que afecta al país, las solicitudes para obtener subsidios del Programa Social Sitios de Patrimonio Mundial serán recibidas hasta el 20 de abril a las 13:00, sólo en formato digital.

La propagación del Covid-19 ha impulsado al Centro Nacional de Sitios de Patrimonio Mundial a implementar medidas preventivas en torno a esta postulación. Los cambios dicen relación con modalidades y mecanismos de tramitación, desarrollo y envío e ingreso de antecedentes asociados a las solicitudes de subsidios. Considerando, además, las actuales complejidades de desplazamiento a lo largo del país, así como a la cuarentena total que afecta a algunas comunas, entre las que se encuentra la de Santiago, domicilio del Servicio Nacional del Patrimonio Cultural (SNPC), se informa lo siguiente:

1. Se extiende el plazo de recepción de solicitudes de subsidios del Programa Social Sitios de Patrimonio Mundial, previsto originalmente para el 6 de abril, hasta el día 20 de abril de 2020 a las 13:00.

2. Para esta convocatoria la recepción de postulaciones se realizará sólo en forma electrónica, las cuales deberán ser presentadas a través del Formulario Único de Solicitud de Subsidio en su actualización 2020, con las firmas correspondientes, en formato pdf y una copia en Word, sin firma, adjuntando los anexos requeridos en formato digital. Todo esto debe ser enviado al correo electrónico: patrimoniomundial@patrimoniocultural.gob.cl con copia a patrimoniomundialchile@gmail.com, desde los cuales se acusará recibo durante el día de la recepción y en caso de feriado, durante el día hábil siguiente. Si el peso total del formulario y sus adjuntos excede los 15 Mb, se solicita optar por una de estas alternativas:

a) En el primer correo electrónico se debe enviar la carta conductora y el formulario en formato pdf, indicando en el cuerpo del mensaje la cantidad total de archivos que componen la solicitud, con un listado en que se indique el nombre y peso de cada uno, y enviar los anexos en correos sucesivos, incluyendo en el asunto de cada correo electrónico una numeración secuencial, con el nombre del proyecto abreviado.

b) Enviar por correo electrónico la carta conductora y el formulario en formato pdf, indicando en el cuerpo del mensaje la cantidad total de archivos que componen la solicitud, con un listado en que se señale el nombre y peso de cada uno e incluyendo un vínculo para descarga de los anexos, a través de alguna plataforma de envío gratuito de archivos, como: WeTransfer, Myairbridge u otras de similares características.

No obstante lo anterior, las entidades postulantes deberán conservar en su poder los antecedentes en formato físico, debido a que podrán ser requeridos posteriormente por el SNPC.

3. Se amplía el plazo de recepción de consultas hasta el 11 de abril de 2020, al correo patrimoniomundial@patrimoniocultural.gob.cl, con el objeto de orientar a los postulantes en la formulación de los proyectos, conocimiento del procedimiento y atención de consultas generales relacionadas con el proceso de postulación.

Podrán postular al financiamiento las entidades privadas con personalidad jurídica, que administren o gestionen los Sitios nacionales inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial para ejecutar iniciativas que se enmarquen en los siguientes tipos de proyectos:

  • Proyecto de Fortalecimiento: aquellos que buscan instalar, promover o facilitar el desarrollo de capacidades o habilidades para mejorar el funcionamiento de la organización que los beneficiarios disponen o dispondrán para la gestión de los Sitios.
  • Proyecto de Inversión: aquellos destinados a diseñar y ejecutar obras que contribuyen a la conservación, protección, y sostenibilidad de los Sitios y sus bienes muebles o inmuebles.
  • Proyecto de Operación: aquellos destinados a financiar actividades vinculadas con el uso, mantenimiento y/o seguridad de los Sitios.
  • Proyectos de Manejo: aquellos destinados a financiar cualquier actividad que deba ejecutarse para dar cumplimiento a obligaciones relacionadas con la Convención del Patrimonio Mundial.

Para el caso de los bienes incluidos en la Lista Tentativa de Patrimonio Mundial de Chile, se deberá contar con el consentimiento por escrito de la persona o entidad propietaria del bien, así como del administrador que gestionará el bien una vez inscrito, en caso de que este se encuentre definido. En este sentido, se podrá solicitar financiamiento para iniciativas bajo la siguiente modalidad:

Proyectos de postulación: aquellos cuyo objetivo es elaborar el expediente de nominación, o parte de él, para su posterior presentación por el Estado al Comité de Patrimonio Mundial de la UNESCO con el propósito de inscribir un Sitio en la Lista de Patrimonio Mundial.

Tanto la condición de administrador como la de gestor se encuentran descritas en el Reglamento de Asignación de Subsidios, debiendo los gestores entendidos como entidades privadas que asuman la gestión de los Sitios o de alguno de sus bienes, aun cuando no sean propietarios de ellos, solicitar ser reconocidos como tal para este fin por el SNPC, previo consentimiento por escrito del administrador del Sitio.

Para el presente año, los fondos disponibles a asignar corresponden a $175.503.157.- y de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Asignación de Subsidios, no se puede otorgar más del 50% de ellos a un mismo beneficiario. Complementariamente, el Comité podrá resolver que se financie todo o solo una parte del presupuesto informado en cada proyecto, así como también, podrá resolver una programación presupuestaria diferente de la postulada.

El procedimiento y los criterios para la revisión, selección y priorización de los proyectos que postulen a Subsidios del Programa Social Sitios del Patrimonio Mundial, son los establecidos en la Resolución Exenta N° 386 del 05 de marzo de 2020, de la Subdirección Nacional de Gestión Patrimonial.

Posterior a la selección de los proyectos, los beneficiarios deberán suscribir un convenio de transferencia de recursos con el Servicio, donde se regulará tanto el uso y la rendición de los recursos, así como el cumplimiento de las actividades, plazos y metas, estando sometidos a la fiscalización de gastos mediante el cumplimiento a las normas establecidas en la Resolución N° 30 del 11 de marzo de 2015, de la Contraloría General de la República.